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domingo, 22 de febrero de 2015

Bienvenida


Bienvenidos al blog contaminación sonica que esta dirigido a ese terrible problema que afecta a todas las personas en el mundo, se llama contaminación sonica o contaminación acústica al exceso de sonido que altera la condiciones normales del ambiente en una determinada zona. si bien el ruido no se acumula, traslada o mantiene en el tiempo como las otras contaminaciones, también puede causar grandes daños en la calidad de vida de las personas sino se controla bien o adecuadamente.



El termino "contaminación acústica" hace referencia al ruido (entendido como sonido excesivo y molesto), provocado por la actividad humana (trafico, industrias, locales de ocio,aviones, etc...) que produce efectos negativos sobre la salud auditiva, física y mental de los seres vivos.

Principales fuentes de contaminación acústica:

  • Vehículos de motor en un 80%
  • Industrias en un 10%
  • Ferrocarriles en un 6%
  • locales nocturnos, bares, talleres industriales, etc.. en un 4%
Efectos auditivos:

El sistema auditivo se resiste ante una exposición prolongada a la fuente de un ruido, aunque esta sea de bajo nivel.
El efecto auditivo provocado por el ruido ambiental se llama socioacusia. Cuando una persona se expone de forma prolongada a un nivel de ruido excesivo, nota un silbido en el oído, esta es una señal de alarma. Inicialmente, los daños producidos por una exposición prolongada no son permanentes, sobre los 10 días desaparecerán. Sin embargo, si la exposición a la fuente de ruido no cesa, las lesiones serán definitivas. La sordera ira creciendo hasta que se pierda totalmente la audición.

Lucha contra la contaminación acústica 

Hace varios años en las normativas del ambiente no se consideraba el contaminante ruido, pero pese a que la industrialización en si, ciudades y países han ido creciendo y evolucionando, en todos los países del mundo se a elaborado normas y estatutos que se encarga de la protección del medio ambiente contra el exceso de ruido.

Venezuela.

En 1957 se establece la ley orgánica del ambiente la cual promulga los principios rectores para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente en beneficio de la calidad de vida.

El articulo establece que quien, contraviniendo las disposiciones legales dictadas por autoridad competente produzca o permita la producción de ruidos que por intensidad, frecuencia o duración fuesen capaces de causar daños o malestar a las personas, sera sancionado con arresto de 15 a 30 años  y multas de 5 a 30 dias de salario minimo. Si el ruido es producido en zonas o bajo condiciones capaces de aumentar el daño y malestar de las personas, la pena sera aumentada al doble.

1 comentario:

  1. Buenas tardes muchachos exelente informacion visiten nuestro blog
    http://retroalimenta-mis-valores-iudag.blogspot.com/

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